Economía

Día sin IVA 2023: estos serían los productos con descuento

La medida aplicaría para productos colombianos de menos de $3 millones. Las jornadas serían en febrero y agosto.

Día sin IVA

Día sin IVA(Getty Images)

El Gobierno del presidente Gustavo Petro le dio aval a la propuesta de incluir dos Días sin IVA en la reforma tributaria, que serían en febrero y agosto del 2023.

La decisión sería para estimular el consumo de productos elaborados por la industria nacional, o cuyo contenido de valor agregado se haya hecho en más de un 50% dentro del territorio nacional.

Los productos con este beneficio serían:

1. Prendas de vestir de todo tipo, entendiéndose por cualquier pieza de vestido o calzado, sin tener en cuenta el material de elaboración. Se excluyen las materias primas con un precio de venta por unidad igual o inferior a veinte (20) UVT (Unidad de Valor Tributario).

2. Complementos de vestuario, entendidos como aquellos que acompañan el vestuario de una persona, con un precio de venta por unidad igual o inferior a veinte (20) UVT, que incluyen únicamente:

  • Morrales
  • Maletines
  • Bolsos de mano
  • Carteras
  • Gafas
  • Paraguas
  • Pañoletas
  • Bisutería

3. Aparatos eléctricos que se utilizan en el hogar con un precio de venta por unidad igual o inferior a ochenta (80) UVT (Unidad de Valor Tributario), que incluyen únicamente:

  • Televisores
  • Parlantes de uso doméstico
  • Tabletas
  • Refrigeradores
  • Congeladores
  • Lavaplatos eléctricos
  • Máquinas de lavar y secar para el hogar
  • Aspiradoras
  • Estufas
  • Enceradoras de piso
  • Trituradores eléctricos de desperdicios
  • Aparatos eléctricos para preparar y elaborar alimentos
  • Máquinas de afeitar eléctricas
  • Cepillos de dientes eléctricos
  • Calentadores de agua eléctricos
  • Secadores eléctricos
  • Planchas eléctricas
  • Calentadores de ambiente y ventiladores de uso doméstico
  • Aires acondicionados
  • Hornos eléctricos
  • Hornos microondas
  • Planchas para cocinar
  • Tostadores
  • Cafeteras o teteras eléctricas
  • Resistencias eléctricas para calefacción
  • Computadores personales
  • Equipos de comunicaciones
  • En esta categoría se incluyen los bienes descritos en este numeral que utilizan el gas combustible energía solar para su funcionamiento.

4. Artículos especializados para la práctica de deportes, que incluyen únicamente:

  • Pelotas de caucho
  • Bolas
  • Balones
  • Raquetas
  • Bates
  • Mazos
  • Gafas de natación
  • Trajes de neopreno
  • Aletas
  • Salvavidas
  • Cascos
  • Protectores de manos, codos y espinillas
  • Manillas
  • Guantes de béisbol y sóftbol
  • Guantes de boxeo
  • Zapatos especializados para la práctica de deportes

Esta categoría incluye bicicletas y bicicletas eléctricas con un precio de venta por unidad igual o inferior a ochenta (80) UVT (Unidad de Valor Tributario).

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5. Objetos para entretener y divertir a las personas, especialmente niños, que incluyen únicamente:

  • Muñecas
  • Muñecos que representen personajes
  • Animales de juguete
  • Muñecos de peluche y de trapo
  • Instrumentos musicales de juguete
  • Naipes, juegos de tablero
  • Juegos electrónicos y videojuegos
  • Trenes eléctricos
  • Sets de construcción
  • Juguetes con ruedas diseñados para ser utilizados como vehículos
  • Rompecabezas
  • Canicas

Esta categoría incluye patinetas eléctricas con un precio de venta por unidad igual o inferior a quince (15) UVT.

6. Artículos necesarios para el desarrollo de actividades pedagógicas en el contexto escolar y universitario que incluyen únicamente:

  • Cuadernos
  • Software educativo
  • Lápices
  • Esferos
  • Borradores
  • Tajalápices
  • Correctores
  • Plastilina
  • Pegantes
  • Tijeras

Con un precio de venta por unidad igual o inferior a quince (15) UVT (Unidad de Valor Tributario).

7. Bienes e insumos para el sector agropecuario cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a ochenta (80) UVT. En estos bienes clasifican:

  • Semillas
  • Frutos para la siembra
  • Abonos de origen animal, vegetal, mineral y/o químicos, insecticidas, raticidas, demás antirroedores.
  • Fungicidas
  • Herbicidas
  • Inhibidores de germinación
  • Reguladores del crecimiento de las plantas
  • Sistemas de riego
  • Aspersores y goteros para sistemas de riego
  • Guadañadoras
  • Cosechadoras
  • Trilladoras
  • Partes de máquinas
  • Aparatos y artefactos de cosechar o trillar
  • Concentrados y/o medicamentos para animales
  • Alambres de púas y cercas.

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