Judicial

Primera Línea: juez negó libertad de tres jóvenes que serían “voceros de paz”

La petición de libertad fue hecha por el Gobierno Nacional a través de la Oficina del Alto Comisionado de Paz

Jóvenes de la 'Primera línea' en Bogotá, Colombia.

Jóvenes de la 'Primera línea' en Bogotá, Colombia. / Miyer Juana

La juez 32 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, negó la libertad de tres jóvenes integrantes de la Primera Línea que la Oficina del Alto Comisionado solicitó para que se convirtieran en “voceros de paz”.

Se trata de los jóvenes que permanecen privados de la libertad en la cárcel La Modelo; Steven Guevara Vega, Luidiar Felipe Camacho Chávez y Daniel Fernando Ruiz.

De acuerdo con el argumento de la juez, el decreto con el que buscan la libertad de los integrantes de la Primera Línea procesados por los disturbios que se presentaron en medio del paro nacional, no define que se suspendan las medidas de aseguramiento, simplemente se refiere a las órdenes de captura.

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“Se concluye que el legislador desde 1997 hasta su última prórroga en 2022, ha querido que cuando se adelanten diálogos con grupos armados organizados solamente se pueden suspender órdenes de captura contra quienes figuren, funjan o se designen como representantes o voceros de esos grupos”, explicó la juez.

Agregó que los soportes y la ley que presentaron los abogados defensores, “no dicen nada de suspensión de una medida de aseguramiento, de una libertad provisional o definitiva, de acceder a un beneficio sobre una medida más drástica tomada en firme”.

“No es pensable que con la expedición de la ley 2272 de 2022 y las resoluciones presidenciales del 29 de diciembre, se puedan suspender unas medidas de aseguramiento y se pueda con ese fundamento otorgar la libertad a tres personas que ni siquiera se demuestra la pertenencia a un grupo armado y que en caso de que así fuera, tampoco tendrían lugar a la libertad por esa razón”, señaló.

También precisó la juez que, “la ley es clara y directa y no deja camino a la suspensión de órdenes de captura (…)”.

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