¿En cuánto tiempo se debe informar la imposición de un comparendo electrónico?

Además, conozca los medios por donde le anuncian a un conductor que le impusieron una multa de tránsito.

Además, conozca los medios por donde le anuncian a un conductor que le impusieron una multa de tránsito.. Foto: Colprensa - Camila Díaz

Además, conozca los medios por donde le anuncian a un conductor que le impusieron una multa de tránsito.. Foto: Colprensa - Camila Díaz(Thot)

Cuando usted cometió una infracción de tránsito y le colocan un comparendo electrónico, las autoridades tienen unos medios y un tiempo determinado para notificarle la imposición de la multa.

Por tal razón, la Secretaría de Movilidad de Bogotá explica que de acuerdo con el Art 8° de la Ley 1843 del 14 de julio de 2017, “las contravenciones detectadas a las normas de tránsito a través de medios electrónicos, se envían al propietario del vehículo mediante una empresa de correo legalmente constituida, dentro de los tres días hábiles siguientes a la validación del comparendo por parte de la autoridad”. Si es un carro de servicio público, “se remitirá de manera adicional a la compañía a la cual se encuentre vinculado”.

Cuando hay una causal de devolución en el reporte de la empresa de correspondencia por dirección incompleta, destinatario desconocido, cambio de domicilio, entre otras, se hará la notificación en la página web de la Secretaría de Movilidad, en la opción de Publicación avisos.  

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Cabe recordar que la dirección que se encuentra en el RUNT “es la única válida para que las autoridades de tránsito notifiquen los fotocomparendos y que es responsabilidad del ciudadano actualizar sus datos”.
 

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