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Los beneficios tributarios para la Copa América del proyecto de decreto del Minhacienda

Tanto la Conmebol como sus subsidiarias tienen el derecho a un reembolso total del valor del IVA.

Beneficios tributarios para la Copa América. Foto: Getty Images

Beneficios tributarios para la Copa América. Foto: Getty Images(Thot)

Beneficios tributarios para la Copa América. Foto: Getty Images

El Ministerio de Hacienda publicó el proyecto de Decreto con el que establece los beneficios tributarios para la Copa América, que iniciará en junio y cuyas sedes son Argentina y Colombia. 

Dispone la cartera de economía que los impuestos sobre la renta, el IVA y el Gravamen a los Movimientos Financieros no serán pagados por la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol), sus subsidiarias, su delegación, equipos, funcionarios de juego, asociaciones miembros, confederaciones invitadas, personal y empleados de estas partes, con excepción de los jugadores. 

Además, que no habrá lugar a retención en la fuente y que tanto la Conmebol como sus subsidiarias tienen el derecho a un reembolso total del valor del IVA en productos o servicios adquiridos. 

Para ello, indica este borrador, las entidades nacionales beneficiarias de la exención del IVA deben hacer una solicitud a la DIAN, entidad que realizará la devolución en un término no mayor a tres meses, contados desde la fecha de radicación. 

 

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