Decretaron toque de queda continuo para Manizales y otros municipios de Caldas
Esta restricción se tomó debido a la alerta roja que se tiene en el departamento tras la ocupación de camas de UCI que está en un 82,5%.
El secretario de Gobierno de Caldas, Jhon Jairo Flórez Castaño, dio a conocer que en las últimas horas y después de una reunión con las autoridades de salud de esta región del país, se decidió decretar toque de queda continúo desde este viernes 9 de abril a las 10:00 p.m. y hasta el lunes 12 del mismo mes, en los municipios de Manizales, Chinchiná, Neira, Palestina y Villamaría.
Esta restricción se tomó debido a la alerta roja que se tiene en el departamento tras la ocupación de camas de UCI que está en un 82,5%.
Se exceptúan las siguientes actividades:
El abastecimiento de productos de primera necesidad en mercados, abastos, bodegas, supermercados mayoristas y minoristas, mercados al detal y en establecimientos y locales comerciales, se realizará por una persona del núcleo familiar de acuerdo con el pico y cédula que se implementen en cada uno de los municipios, o mediante plataformas de comercio electrónico y/o domicilio.
Personas que tengan agendada la vacuna contra el COVlD-19, asistencia y cuidado a niños, niñas, adolescentes, personas mayores 70 años, personas con discapacidad, y enfermos con tratamientos especiales que requieran asistencia de personal capacitado. Cuando una persona de las relacionadas deba salir de su lugar de residencia o aislamiento, podrá hacerlo acompañado de una (1) persona que le sirva de apoyo.
Por causa de fuerza mayor o caso fortuito.
Las actividades relacionadas con servicios de emergencia y urgencia, incluidas las emergencias veterinarias.
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Las labores de las misiones médicas de la Organización Panamericana de la Salud - OPS y de todos los organismos internacionales humanitarios y de la salud, la prestación de los servicios profesionales, administrativos, operativos y técnicos de salud públicos y privados.
La cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de medicamentos, productos farmacéuticos, insumos, productos de limpieza, desinfección y aseo personal para hogares y hospitales, equipos y dispositivos de tecnologías en salud, al igual que el mantenimiento y soporte para garantizar la continua prestación de los servicios de salud.
No se habilitarán los espacios públicos que presenten gran afluencia de personas como lo fuera la apertura de discotecas y lugares de baile, el consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio.
Las actividades de la industria hotelera.
Las diligencias de servicios bancarios y financieros, en operadores de pago, en operaciones de juegos de suerte y azar en la modalidad de novedosos y territoriales de apuestas permanentes, chance, lotería y centrales de riesgo, se realizará únicamente por una (1) persona del núcleo familiar de acuerdo con el PICO Y CÉDULA establecido en cada municipio.
Las diligencias en notarías, oficinas de registro de instrumentos públicos y las curadurías urbanas, se realizará únicamente por una persona del núcleo familiar de acuerdo con el pico y cédula establecido por cada Municipio.
El comercio al por mayor, y al por menor incluido el funcionamiento de centros comerciales y actividades inmobiliarias.
Datos a tener en cuenta
Las personas que desarrollen las actividades antes mencionadas deberán estar acreditadas e identificadas en el ejercicio de sus funciones o actividades.
Con el fin de proteger la integridad de las personas, mascotas y animales de compañía y en atención a medidas fitosanitarias, solo una persona por núcleo familiar podrá sacar a las mascotas o animales de compañía.
Los alcaldes municipales decretarán pico y cédula atendiendo su nivel de ocupación de camas UCI, de conformidad con la Circular Conjunta Externa número OFI2021-8883-DMI-1000 emitida por el Ministerio del interior y el Ministerio de Salud y protección social.
Restaurantes sólo domicilio.
Se aclara que el pico y cédula funcionará de acuerdo al implementado en cada uno de los municipios (Manizales, Villamaría, Neira, Chinchiná y Palestina).
Así, mismo, en el Artículo 2 del Decreto, se invita a los demás municipios de Caldas para que conforme a su nivel de afectación procedan a la adopción de las medidas restrictivas de orden público para afrontar el estado de emergencia generado por la pandemia originada por el virus SARS-CoV-2.