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⁠En qué casos se puede retirar la pensión sin cumplir la edad: Colpensiones explica

Aunque la mayoría de colombianos deben esperar a cumplir la edad mínima para pensionarse, hay varias situaciones en las que Colpensiones permite hacerlo con anterioridad.

Imnagen de referencia de Colpensiones. Foto: MoMo Productions (Getty Images) - Colpensiones

Imnagen de referencia de Colpensiones. Foto: MoMo Productions (Getty Images) - Colpensiones

A día de hoy, en el régimen público, la pensión por vejez solo se reconoce cuando se cumplen los dos requisitos a la vez. La edad que son 57 años para mujeres y 62 años los hombres y luego, e número mínimo de semanas que se han cotizado.

Aun así, cuando una persona no logra cumplir estos requisitos, nay varias figuras que le permiten tener los aportes sin necesidad de llegar a la edad de jubilación.

El caso más común es la indemnización sustitutiva de pensión de vejez, un mecanismo que Colpensiones explicó como un beneficio que aplica para quienes alcanzaron la edad legal de pensión, pero aún han cotizado las semanas necesarias para ello y tampoco tienen posibilidad de seguir cotizando. En estos casos, la entidad calcula y devuelve el valor correspondiente a los aportes realizados, ajustado con intereses.

Sobre una pregunta frecuente, que es si es posible retirar el dinero antes de cumplir la edad, sí es posible, pero solo en circunstancias más excepcionales.

Según Colpensiones, la devolución anticipada de los aportes del trabajador solo puede darse en 2 tipos de situaciones:

  • El trabajador tuvo una pérdida total y permanente de su capacidad laboral, que sea certificada por una Junta de Calificación. Con esto, la persona puede acceder a una pensión de invalidez, sin importar su edad, aunque claramente debe haber cumplido el número mínimo de semanas en los últimos 3 años pasados.
  • El trabajador tiene una indemnización sustitutiva por invalidez, cuando la persona presenta una pérdida significativa de capacidad laboral pero no reúne las semanas para pensionarse. Aquí se le devuelve a la persona el dinero acumulado sin tener que esperar a sus 57 o 62 años de edad.

Colpensiones también aclaró que no existe una figura legal para retirar los aportes voluntariamente, solamente esposible mediante las causales anteriormente mencionadas, sin ellas, los aportes obligatorios deben mantenerse en el sistema.

Aunque estas opciones no reemplazan una pensión completa, si representan una ayuda económica para casos de incapacidad o imposibilidad real de continuar cotizando semanas de trabajo.

La recomendación de Colpensiones para sus usuarios es acudir a sus sedes o líneas oficiales para verificar semanas, requisitos y la modalidad de retiro que podría aplicar en todo caso.

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