Judicial

Tribunal se abstiene de investigar a excúpula del M-19

La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá se negó a vincular a la excúpula de esa exguerrilla por las muertes durante la toma del Palacio de Justicia, en noviembre de 1985.

Investigación por la toma del Palacio de Justicia / imagen de referencia. Foto: Getty Images

Investigación por la toma del Palacio de Justicia / imagen de referencia. Foto: Getty Images(Thot)

Esta decisión se da al revisar una apelación contra una sentencia de 2013, con la cual, un juzgado condenó a ocho exmiembros del M-19 por homicidio agravado.

La defensa de la familia del capitán Héctor Aníbal Talero Cruz, quien murió en los hechos, pedía anular el proceso y el fallo para vincular en indagatoria a “los autores intelectuales de esos hechos, es decir a: Antonio José Navarro Wolff, Germán Rojas Niño, José Otty Patiño Ormanza, Vera Grave Leovenhrerz, Libardo Parra Vargas, Israel Santamaría Rendón, Rósemberg Pabón Pabón, Jesús Arjaid Artunduaga Rodríguez, Éver Bustamante García, Rafael Arteaga Giraldo, José Yamel Riaño, Remberto Artunduaga Palomares, Gerardo Ardila Serrano, Rafael Ernesto Vergara Navarro, Augusto Erazo Murcia, Eduardo Chávez López, Jaime Bermeo Cruz, Alix María Salazar Salazar, Gustavo Francisco Petro Urrego, María Otero Cifuentes, Fabio Alejandro Mariño Vargas, Amelia Sossa Sierra, Rafael Jaime Navarro Wolff, Blanca Inés Chavarro Rozo y Guillermo Elvencio Ruiz Gómez.

Lo que se solicitaba además es que se condenara a la cúpula por homicidio fuera de combate, asesinato en estado de indefensión, tentativa de homicidio, secuestro, incendio y actos de ferocidad y barbarie, concierto para delinquir y terrorismo.

Además, se pedía una sanción económica de 1.000 salarios mínimos mensuales, y que pidieran perdón al país.

"En virtud de la ley 77 de 1989, la cúpula de la exguerrilla fue indultada por delitos políticos, por lo que en su momento fueron desvinculados de este proceso", recordó el Tribunal.

La alta corporación Tribunal consideró que no se podía anular la actuación puesto que las decisiones de cesar los procedimientos penales contra varios miembros del M-19 están ejecutoriadas y son cosa juzgada por lo que son definitivos e inmutables.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

W Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Señales

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad