ATENCIÓN Colombianos en el exterior, último día para cambiar puesto votación: Registraduría Nacional
Con el fin de facilitar este proceso, la entidad ha dispuesto herramientas tecnológicas que eliminan la necesidad de desplazamientos físicos

Imagen de referencia. Foto: Getty Images/Colprensa
La Registraduría Nacional del Estado Civil ha establecido un calendario estricto para que los ciudadanos residentes fuera del país aseguren su derecho al voto en el próximo ciclo electoral.
Con el fin de facilitar este proceso, la entidad ha dispuesto herramientas tecnológicas que eliminan la necesidad de desplazamientos físicos, permitiendo que el trámite se realice de forma remota y segura.
Para esta jornada, la autoridad electoral ha habilitado una plataforma virtual diseñada específicamente para quienes han cambiado su lugar de residencia o aún no figuran en el censo actual.
A través de un dispositivo móvil, los interesados pueden completar el proceso utilizando autenticación biométrica facial, lo que garantiza la identidad del votante sin trámites burocráticos presenciales.
El acceso está disponible directamente en el portal oficial de la Registraduría o mediante el escaneo de códigos QR distribuidos en canales oficiales bajo la etiqueta “Inscripción en el exterior”.
Paso a paso para la inscripción
El proceso ha sido simplificado para asegurar que pueda completarse en pocos minutos. Los ciudadanos deben seguir estos pasos:
- Ingresar el número de su cédula de ciudadanía.
- Registrar la ubicación actual, incluyendo país, ciudad y dirección de residencia.
- Seleccionar el puesto de votación consular de su preferencia.
- Proveer datos de contacto actualizados.
- Realizar la validación de identidad mediante la cámara del celular.
- Esperar la confirmación oficial que llegará a través del correo electrónico.
La fecha límite es fundamental para quienes desean tener voz en la conformación del próximo Congreso de la República. Según las directrices de la Registraduría, quienes realicen la actualización hasta el 8 de enero de 2026 estarán habilitados para votar tanto en las elecciones legislativas del 8 de marzo como en las presidenciales del 31 de mayo de ese mismo año.
Por el contrario, aquellos que aplacen este trámite y lo realicen entre el 9 de enero y el 31 de marzo de 2026, sólo podrán participar en las elecciones de Presidente y Vicepresidente. Esto implica que el cumplimiento del plazo actual es el único camino para participar plenamente en todas las jornadas democráticas del 2026.
¿Quiénes deben realizar este proceso?
Es importante aclarar que no todos los colombianos en el extranjero están obligados a realizar esta gestión. La inscripción es necesaria únicamente para:
- Personas que cambiaron su lugar de residencia y buscan un puesto de votación más cercano.
- Ciudadanos que regresaron al exterior tras una estancia en Colombia.
- Poseedores de cédulas expedidas antes de 1988 que nunca han formado parte del censo electoral.
Si un ciudadano ya ha votado anteriormente en su consulado actual y no ha cambiado de domicilio, no requiere realizar una nueva inscripción, ya que sus datos permanecen vigentes en el sistema.
Diferencia entre registro consular e inscripción de cédula
Un punto clave que destaca la Dirección de Asuntos Migratorios es que la inscripción para votar es un proceso independiente del registro consular.
Mientras que el registro consular es un trámite administrativo de vinculación con la oficina diplomática, la inscripción de la cédula es lo que efectivamente fija el lugar donde el ciudadano ejerce su derecho al voto.
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